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Cristina muestra la herida que el ataque le dejó en la espalda. :: d. pérez
Condenan a dos jóvenes por agredir a una transexual tras «mofarse» de ella

Condenan a dos jóvenes por agredir a una transexual tras «mofarse» de ella

El juez ha impuesto una pena de un año y ocho meses a uno de ellos y de dos años al segundo acusado por un delito menos grave de lesiones

JUAN CANO

Jueves, 3 de noviembre 2016, 01:11

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Cristina fue agredida por su «condición sexual». Así lo considera probado el titular del Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga, que ha condenado a dos jóvenes de 18 años por atacar a esta transexual cuando se encontraba ejerciendo la prostitución en una calle del polígono industrial Guadalhorce.

Según recoge la sentencia, los dos jóvenes, en compañía de varios menores, se disponían a ir a la Feria de Málaga, pero decidieron hacer antes una parada en el polígono para «mofarse» de las transexuales que prestan sus servicios en esa zona.

Los hechos sucedieron el 16 de agosto, sobre las 3.10 horas. Una vez allí, insultaron a Cristina, «conociendo de su condición de transexual», lanzando piedras hacia el lugar donde ella se encontraba en compañía de Mar, otra meretriz que ejercía esa noche en el polígono. Según el fallo, al ser recriminados por la víctima, uno de los jóvenes condujo el vehículo hasta una nave cercana, donde se hicieron de una barra de hierro y regresaron en busca de Cristina. La interceptaron cuando huía, se bajaron del coche y comenzaron a golpearla. Después, se dieron a la fuga.

El magistrado ha impuesto una pena de un año y ocho meses al primero de los procesados y de dos años al segundo. Ambos han sido condenados por un delito menos grave de lesiones, con el agravante de odio, ya que el juez cree probado que actuaron «movidos por la condición sexual» de la víctima tras mofarse de ella.

La diferencia en las penas estriba en las atenuantes aplicadas por el magistrado en su sentencia. Los dos han conseguido una rebaja por «reparación del daño», ya que ambos habían consignado previamente en el juzgado las sumas de 229 y 600 euros, respectivamente, por las posibles responsabilidades civiles que pudieran derivarse de sus actos. Pero, además, el juez ha tenido en cuenta la circunstancia de «alteración psíquica» en el caso de uno de ellos, de ahí que su condena sea inferior.

No ha estimado, sin embargo, la atenuante de confesión pretendida por las defensas, ya que los acusados rehusaron declarar ante la policía y negaron la autoría durante la instrucción, y no fue hasta el juicio cuando se mostraron «enormemente apesadumbrados y arrepentidos, llegando a pedir perdón», recoge el magistrado en la sentencia, quien considera que «no hay confesión alguna, ni reconocimiento veraz».

En cambio, los dos jóvenes han sido absueltos del delito de robo con violencia del que venían siendo acusados, ya que el juez considera probado que ambos desconocían que uno de los menores se había llevado el bolso de la víctima y que, como refleja la sentencia, lo arrojaron por la ventanilla en cuanto se dieron cuenta.

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