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Imagen del juicio con el acusado de espaldas publicada en SUR el 24 de marzo de 1991.
El crimen de la barriada de Selene en Málaga capital, un caso sin resolver

El crimen de la barriada de Selene en Málaga capital, un caso sin resolver

La muerte a cuchilladas de una mujer en su casa hace 25 años sigue sin esclarecerse. El tribunal absolvió al único acusado al aplicar el principio 'In dubio pro reo' porque "no tuvo tiempo para matar"

José Manuel Alday

Domingo, 23 de octubre 2016, 00:30

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Las dudas sobre la autoría del asesinato llevó a la Audiencia Pronvicial de Málaga a aplicar el principio del Derecho Penal 'In dubio pro reo' al acusado de matar a una mujer en la barriada de Selene hace más de 25 años. Desde entonces el caso se encuentra sin resolver. El juicio generó en su día un duelo de prestigiosos abogados malagueños: Fernando García Guerrero-Strachan, como defensor del único acusado, y Pedro Apalategui, como acusador particular en nombre de la familia de la víctima. La defensa aportó en el juicio como prueba pericial un acta notarial por medio de un detective privado que venía a exculpar al procesado porque no habría tenido tiempo material de recorrer la distancia desde el lugar del crimen, en la zona de la carretera de Cádiz, hasta su trabajo, en Fuente Olletas, donde sus compañeros testimoniaron haberlo visto a una hora determinada. El tribunal consideró esta prueba y estimó que el hombre que se sentaba en el banquillo, y para quien el fiscal pedía 28 años de prisión por asesinato y la acusación particular 30 años por el mismo delito, no tuvo tiempo para matar.

El 27 de marzo de 1989, pasadas las cinco de la tarde, M. S, de 34 años, casada y con dos hijos, fue hallada muerta, con diez puñaladas en el cuerpo, en su domicilio del Camino del Pato, en Málaga capital. A las pocas horas de ocurrir el suceso, la policía detuvo a C. M., por aquel entonces novio de una hermana de la víctima, quien fue acusado de ser el presunto autor del asesinato. El acusado llegó a permenecer dos años en prisión, pero dos años después abandonó la cárcel tras ser declarado no culpable. "La sala debe proceder a la absolución del acusado en aplicación del principio general del Derecho Penal «in dubio pro reo». La sentencia hecha pública por la Sección IV de la Audiencia Provincial le absolvió en 1991 por el que fue conocido como el 'crimen de Selene'. Las dudas generadas, los testimonios contradictorios de diferentes testigos cerca de treinta prestaron declaración en el juicio-, y la existencia únicamente de indicios y sospechas y ausencia de pruebas concluyentes llevaron al tribunal a resolver de la forma en que lo hizo, dejando abierto el caso.

La sentencia aplicaba el principio «in dubio pro reo» al considerar que el procesado carecía de tiempo suficiente para haber cometido el crimen en la barriada de Selene (muerte que se situó entre las 16,40 y las 16,50 horas) y haberse desplazado, una vez cometida la acción, a su lugar de trabajo, en la barriada de Fuente Olletas, donde, según el testimonio prestado en la vista oral por sus compañeros de trabajo, llegó entre las 16,45 a las 16,50 horas.

El abogado Fernando García Guerrero-Strachan, aportó en el juicio como prueba pericial, por medio de un detective privado, un acta notarial según la cual este trayecto urbano, de unos cinco kilómetros entonces y donde existían un total de 35 semáforos (siguiendo el itinerario calle Ayala-Muelle Heredia-Victoria, pues entonces no existía el nuevo paseo marítimo de Poniente) se cubría como mínimo en quince minutos, lo que fue tenido en cuenta por el tribunal, pese a que la policía realizó una reconstrucción del mismo recorrido y estableció que dicho trayecto podría ser cubierto en tan sólo nueve minutos.

El dictamen judicial recogía como factores que de algún modo inculpaban al procesado su estancia en la casa la tarde del crimen; los signos de arañazos apreciados en una lesión que presentaba el acusado en el brazo y que la acusación atribuyó a un intento de defensa de la víctima; la pérdida de la ropa del inculpado, que dijo haber dejado en un gimnasio, donde la policía no la encontró, y el que se cambiara de vestimenta antes de entrar a trabajar por la tarde. Y es que la policía halló unos pantalones y una camisa al día siguiente del crimen con restos de sangre (entonces no existía ADN) que el acusado no reconoció como suyas aunque su ya ex novia y hermana de la víctima mantuvo lo contrario. Los pantalones fueron encontrados junto a los contenedores del entonces Pryca Los Patios, a donde reconoció el acusado que se había dirigido tras visitar a la víctima, y la camisa en el vertedero municipal, tras el vaciado de un camión que momentos antes había recogido basura por aquel sector y que fue interceptado por la policía.

Todos estos indicios, que según el tribunal «crearon una seria sospecha sobre la participación del acusado", quedaron sin embargo desvirtuados por la imposibilidad material de que cometiera el crimen «por falta de tiempo».

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