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El Supremo fija en 4,8 millones el precio que el Ayuntamiento tiene que pagar por una expropiación

Los expropiados pedían 68.234.784,04 euros por una parcela en monte Gibralfaro, cerca de la parte trasera del Colegio El Monte

europa press

Viernes, 30 de septiembre 2016, 18:31

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El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto fijar en 4.839.860,19 euros el precio que tiene que pagar el Ayuntamiento de Málaga por una expropiación, por la que los expropiados pedían 68.234.784,04 euros, de una parcela en monte Gibralfaro, cerca de la parte trasera del Colegio El Monte.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y contra la que no cabe recurso, ha lugar a los recursos tramitados contra la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, por lo que se anula la misma y queda sin efecto.

En concreto, la citada sentencia del TSJA fallaba en contra de los intereses de la Gerencia Municipal de Urbanismo y obligaba a ésta a pagar 34.609.538,66 euros, incluido en esta cantidad el cinco por ciento de afección. Cabe recordar que entonces la expropiada había fijado la cantidad que pedía en 68.234.784,04 euros.

Así, se rechaza la causa de inadmisibilidad aducida contra el recurso contencioso-administrativo promovido por el Ayuntamiento de Málaga, y se estima, en parte, el citado recurso y otro interpuesto contra el acuerdo de la Comisión de Valoraciones de Málaga, anulándolo, "por no estar plenamente ajustado al ordenamiento jurídico", por lo que se fija el justiprecio en 4.839.860,19 euros.

El Ayuntamiento interpuso el recurso de casación fundamentado en varios motivos, entre ellos "falta de motivación en cuanto a la situación y características del suelo expropiado, no haciendo referencia a los informes emitidos"; también se aducía que la sentencia recurrida "ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo, al validar una operación especulativa realizada por la expropiada", y también que la sentencia, "de manera indebida, acepta los errores cometidos en las valoraciones efectuadas en el dictamen pericial que acoge la Sala de instancia".

Así, se termina suplicando al Tribunal de casación que declare que el justiprecio correspondiente a la expropiación por Ministerio de la Ley objeto del recurso asciende a 2.916.630 euros, considerando una superficie expropiada de 17.698 metros cuadrados; y subsidiariamente, que se declare que el justiprecio correspondiente a la expropiación por Ministerio de la Ley objeto del recurso asciende a 3.211.622 euros, considerando una superficie expropiada de 19.488 metros cuadrados.

De igual modo que, subsidiariamente, también se confirme la valoración efectuada por la Comisión Provisional de Valoraciones, ascendente a 3.956.285,11 euros, considerando una superficie expropiada de 17.698 metros cuadrados. Finalmente, la Sala estima en parte el recurso y también en parte el interpuesto por la propietaria de la expropiación contra el acuerdo de la Comisión de Valoraciones, anulando el mismo y fijando el justiprecio en la cantidad de 4.839.860,19 euros.

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