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Multa de 300 euros por desobedecer en el desahucio de la corrala Buenaventura

Se negaron a bajar ante la presencia policial y la de los bomberos, pero sí acataron las órdenes de los GOES d ela Policía Nacional

EUROPA PRESS

Viernes, 23 de enero 2015, 20:53

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El Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga ha condenado al pago de una multa a las tres personas acusadas de desobedecer a la autoridad y negarse a bajar de un tejado en el transcurso del desahucio de la corrala Buena Ventura de la capital malagueña. Se les impone 300 euros a cada uno y la defensa estudia presentar un recurso.

Los hechos sucedieron en octubre de 2013. La sentencia considera probado que los acusados, todos miembros de la plataforma 'Stop Desahucios', se subieron al tejado del edificio para impedir la actuación policial.

Así, en la resolución se señala que fueron requeridos por los policías para que bajaran, pero "se negaron a obedecer las órdenes de los agentes", pidiendo que fueran los bomberos para poder descender con seguridad al haber chispeado.

Una vez montado por parte de los bomberos un sistema seguro para descender, los acusados "se negaron de nuevo con el argumento de que acudiera a dicho lugar el responsable político de la Junta de Andalucía con el que poder negociar las viviendas que al parecer le fueron prometidas", dice la sentencia.

"Ante la negativa al descenso, tuvo lugar la intervención de los funcionarios del grupo GOES de la Policía Nacional, respecto de los cuales los hoy acusados, una vez personados, acataron las órdenes sin ningún tipo de resistencia", según se indica, por lo que procedieron a bajar del tejado.

Se negaron a bajar por miedo

Los acusados reconocieron que se subieron al tejado, pero dijeron que se negaron a bajar porque no había sistema de protección y porque tenían miedo. Para la juzgadora, existe la prueba de cargo de las declaraciones de los agentes de la Policía Nacional que actuaron en el desahucio y también de los bomberos.

En este sentido, considera que tras haber participado en una "protesta pacífica" contra el desahucio, y una vez en el tejado, los acusados "desatendieron las órdenes reiteradas de los agentes" e incluso "tampoco atendieron al sistema de seguridad instalado por los bomberos".

Pero la jueza no estima que haya quedado acreditado "en modo alguno" que en la actuación de los acusados -uno de ellos abogado- concurran los elementos del delito de desobediencia grave, del que les acusaba el fiscal, que solicitaba nueve meses de prisión. Así, considera que se trata de una falta.

Al respecto, incide en que "no ha quedado demostrado" que la actitud de los tres "fuera más allá de una falta de desobediencia y de respeto o consideración debida a los agentes", apuntando que no opusieron resistencia a bajar cuando llegaron los GOES ni tampoco en el momento de su detención.

Por tanto, teniendo en cuenta de que se trata de una falta contra el orden público y también "la moderada gravedad de los hechos", se le impone a cada uno la pena de 30 días de multa a razón de 10 euros diarios, lo que supone el pago de 300 euros.

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