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El titular del Juzgado de Instrucción y de Primera Instancia de Archidona decretó el archivo de la causa por la muerte de un inmigrante en la cárcel de Archidona, que está siendo utilizada como improvisado Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE), «al no quedar justificada la perpetración de hecho delictivo alguno», según se recoge en el auto. Aunque el juez advierte de que esta resolución puede modificarse una vez que llegue el informe definitivo de la autopsia, la decisión de sobreseer provisionalmente la causa se apoya tanto en la investigación realizada por el Grupo de Homicidios de la Policía Nacional como en el informe preliminar del examen forense.
El auto destaca que la puerta de la habitación 41 del módulo 3, donde se hallaba internado el fallecido, Mohammed Budalbala, no se abrió en ningún momento desde su ingreso (a las 15.27 horas del 28 de diciembre) hasta el hallazgo del cadáver (a las 9.35 horas del día siguiente), según los vídeos grabados por las cámaras de seguridad, que han sido incorporados al informe de la policía. Es más, desde las 18.02 del día 28 ni siquiera se captó «movimiento alguno» en el módulo y «mucho menos en la habitación 41 donde se encontró el cuerpo», resalta literalmente la resolución judicial.
Para el juez, esas imágenes descartan por un lado «la existencia de testigos más allá de las cámaras de seguridad» y, por otro, «la participación de otras personas en la muerte de Mohammed Budabala, más allá de su decisión personal y voluntaria de poner fin a su vida».
El juez y el fiscal consideran que no está justificada la «suspensión de la expulsión administrativa de diversos internos» dado que «no pudieron ser testigos presenciales de los hechos».
Además, el juez recuerda el resultado del informe preliminar de la autopsia, que refleja una muerte «de naturaleza suicida, con la única participación del propio fallecido», tal y como adelantó SUR el miércoles. Concretamente, el dictamen forense establece que el óbito se produjo por «asfixia mecánica por ahorcadura» y refleja que el cadáver presentaba «lesiones que impresiona autoinfligidas en tórax, superficiales, y sin signos externos de violencia ni de defensa». Por todo lo anterior, el juez considera que no existen indicios de responsabilidad criminal en el fallecimiento de Mohammed Budalbala y rechaza, en consonancia con el criterio de la Fiscalía, las pruebas testificales solicitadas por los familiares del fallecido y las asociaciones personadas en la causa.
La resolución judicial contradice así la teoría que emitieron algunos familiares de otros internos y el hermano del propio fallecido de que los agentes de policía mataron Budalbala y lo hicieron pasar por suicidio.
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