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Inhabilitado un médico de Ardales que no auxilió a un vecino que murió de un infarto a 700 metros del consultorio

El facultativo fue requerido por varios vecinos y por el propio coordinador del 061 pero no acudió alegando que estaba pasando consulta pese a que no tenía ningún paciente. Ha sido condenado a una multa de 1.350 euros y deberá indemnizar a los perjudicados con 100.000 euros.

efe

Jueves, 12 de marzo 2015, 12:07

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Un médico de familia ha sido condenado por un delito de omisión del deber de socorro por no auxiliar a un vecino, de 79 años, del municipio malagueño de Ardales, que sufrió dio un ataque cardiaco a 700 metros del consultorio y que falleció.

El facultativo fue requerido por varios vecinos y por el propio coordinador del 061 que le pidió que acudiera al lugar, ya que el enfermo se encontraba en la vía pública inconsciente, pero el médico no acudió alegando que estaba pasando consulta pese a que no tenía ningún paciente, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe.

Pese la negativa reiterada de no acudir al auxilio del vecino "el acusado se dignó a desplazarse" al lugar de los hechos después de que acudiera al consultorio el hijo del hombre que estaba inconsciente en la calle.

El médico de familia, R.L.M., se desplazó al lugar 45 minutos después de que recibiera la primera petición de ayuda y se desplazó con una ATS, un desfibrilador y medicación pero ya solo pudo certificar su fallecimiento.

En la sentencia, dictada por la Audiencia Provincial de Málaga, se señala que el acusado hizo constar como causa inmediata una parada cardiorrespiratoria y que se produjo a las 10.00 horas, "extremos ambos inexactos", según la sentencia, ya que no llegó a practicar la autopsia.

Cuando ocurrieron los hechos el hombre paseaba con otro vecino y a 700 metros del consultorio se sintió indispuesto y cayó al suelo perdiendo el conocimiento y sólo recibió la ayuda de los vecinos que se congregaron allí y siguieron las indicaciones que por teléfono les hacían los operadores del centro de coordinación del 061.

En la sentencia se destaca también que desde el primer momento se advirtió al médico que podía tratarse de un ataque cardíaco, ya que tenía antecedentes de esa dolencia y era conocedor de que la ambulancia tardaría más de media hora en llegar ya que se desplazaba por carreteras secundarias.

El procesado, que era personal estatutario eventual, ha sido procesado por la Ley del Tribunal del Jurado y durante el juicio se conformó con los hechos y con la imputación del ministerio fiscal y acusación particular.

Debido a ello, el médico ha sido condenado a una multa de 1.350 euros e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de médico durante seis meses y como responsabilidad civil el acusado deberá indemniza a los perjudicados en 100.000 euros.

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