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Guía útil sobre cómo pedir el borrador de la renta y confirmarlo

Guía útil sobre cómo pedir el borrador de la renta y confirmarlo

La Agencia Tributaria ya ha puesto a disposición de los contribuyentes el borrador y los datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio 2014. Si no te acuerdas de los pasos a seguir, te lo recordamos

Almudena Nogués

Miércoles, 8 de abril 2015, 16:51

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Ya ha arrancado. Una semana más tarde que en anteriores ejercicios pero con la misma dinámica. La Campaña de Renta -la última antes de la entrada en vigor de la reforma fiscal, que reduce los tipos del IRPF a los contribuyentes- está en marcha desde este martes. Así, desde el 7 de abril los contribuyentes pueden solicitar el borrador o los datos fiscales correspondientes a su declaración a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. El periodo para acudir de forma presencial, con asistencia personalizada en oficinas, no se abrirá hasta el próximo 11 de mayo, mientras que el servicio de cita previa estará disponible en su página web a partir del 6 de mayo. El último día para solicitarla será el 29 de junio.

La forma de obtener el citado borrador es sencilla. Basta con acceder al sitio web de la AEAT y pinchar en el icono 'RENTA 2014' y pulsar el botón amarillo 'REN0'. Si ya se solicitó el borrador por correo ordinario (marcando la casilla 110 del borrador o de la declaración de Renta 2013), la Agencia Tributaria lo remitirá, a partir del mes de mayo, al domicilio fiscal que indicara el contribuyente, salvo que se haya visualizado antes por Internet. En caso de hacerlo por esta vía, la sede electrónica del Fisco le pedirá introducir una serie de datos para darle acceso. En concreto, le solicitarán su número de NIF, así como la casilla 415 de la anterior declaración de la renta. Asimismo, el programa le requerirá un número de teléfono, al que le enviarán un número de referencia por SMS. Ese dato le permitirá consultar, modificar y confirmar el susodicho borrador, que podrá pedirse hasta el el 30 de junio de 2015.

Quien prefiera una versión en papel del documento, ésta le llegará al buzón de su casa si como se ha señalado anteriormente se marcó la casilla 110 en la declaración del año pasado.

El consejo de los expertos: con lupa

Una vez obtenido el borrador hay que verificar que todos los datos personales y económicos sean correctos. Si la declaración le sale a devolver o si se quiere domiciliar el pago en caso de salirle a ingresar conviene revisar que el número de cuenta corriente es el correcto, pues ésta es una de las razones de que muchos pagos se retrasen. Cualquier dato o información que no esté en la base de datos de la Agencia Tributaria no parecerá reflejada en la declaración, de ahí la importancia -como recalcan los expertos- de mirar con lupa la propuesta del Fisco antes de darle el sí quiero. En general, las modificaciones más frecuentes que se producen en el borrador son deducción por adquisición o alquiler de vivienda, deducciones autonómicas, nacimientos de hijos en el último año, aportaciones a planes de pensiones o la deducción por maternidad, entre otras.

La confirmación del documento puede hacerse en la misma web pulsando en "confirmar el borrador", por sms, por teléfono y en cajeros automáticos de entidades colaboradoras. Si se encuentra algún error, imprecisión o falta de datos, se puede modificar también vía telemática o personalmente en las oficinas de la AEAT (en este último caso pidiendo cita previa). Una vez realizado el cambio, la Agencia Tributaria calculará un nuevo borrador, al que se le asignará un nuevo número de referencia para diferenciarlo del original.

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