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J. M. C.
Jueves, 10 de mayo 2018, 00:03
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madrid. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) podrá registrar un fondo que invierta directamente en criptomonedas -las conocidas como divisas virtuales, cuyo ejemplo principal es el 'bitcoin'-, según ha afirmado el organismo supervisor en un documento práctico para la ciudadanía.
Sin embargo, en ese mismo informe, aclara que la inversión podrá realizarse a través de una entidad de inversión colectiva de tipo cerrado -denominadas técnicamente como EICC-. La CNMV considera que estos fondos tienen cabida legal según la ley de 2014 sobre entidades de capital riesgo, aunque al ser una EICC se deben cumplir algunos requisitos: que las desinversiones que se produzcan deben tener lugar de forma simultánea para todos los inversores o partícipes; o que lo percibido por cada uno será en función de los derechos que le correspondan de acuerdo con sus estatutos
La CNMV advierte de que la inversión de fondos en criptomonedas «plantea una serie de problemas prácticos». En primer lugar, sobre el cumplimiento de la normativa en cuanto a su valoración, dado que es necesario determinar el procedimiento para valorar la divisas virtuales «teniendo en cuenta su volatilidad, fragmentación y falta de regulación del mercado de la subyacente». También porque necesita fijar la forma de gestión de la liquidez y cómo controlar su riesgo para garantizar que puede cumplir con sus obligaciones en relación al apalancamiento en el que haya podido incurrir. Y apunta la custodia de esos activos o los posibles riesgos que asumen los minoritarios como otras cuestiones que le preocupan.
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