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Juicio a la excúpula de la CAM. Efe
Tres años de prisión para la cúpula de la CAM por falsedad contable

Tres años de prisión para la cúpula de la CAM por falsedad contable

La Audiencia Nacional absuelve al antiguo presidente, la Fundación CAM, Sabadell y Caser por la presunta responsabilidad civil

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Martes, 17 de octubre 2017, 12:13

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El caso de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) ya cuenta con una sentencia para la cúpula de la entidad, cuyos dos últimos directores generales han sido condenados a tres años de prisión por el delito societario continuado de falsedad contable. Se trata de Roberto López Abad y María Dolores Amorós. Además, han sido condenados tanto el que fuera director general de Planificación y Control, Teófilo Sogorb, con cuatro años de cárcel por falsedad contable y falsedad en la información a los inversores. Por su parte, el exdirector general de Inversiones y Riesgos, Francisco José Martínez García, se le ha impuesto dos años, nueve meses y un día por un delito societario de falsedad contable.

El fallo, emitido por la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional, sostiene que ha quedado probado que estos cuatro condenados son responsables de reflejar en los estados financieros de la entidad una situación económica de beneficios en lugar de las pérdidas que realmente estaba generando dicha entidad de manera que la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada del primer trimestre de 2011 arrojaba un beneficio de 39 millones de euros que no reflejaban en modo alguno la situación real económica de la caja cuyos resultados a 30 de junio de 2011, preparados ya por el FROB fijaban en 1.163 millones de euros de pérdidas y un ratio de morosidad del 19%.

Las cifras de los estados de balance e informe de los estados financieros, según relata el tribunal en su sentencia, resultaban “irreales y espurias” y esa disparidad de cifras, añade el tribunal, “constituyó uno de los motivos relevantes para la intervención de la entidad, por los riesgos que suponía tal situación para el sistema financiero en su conjunto, aparte de la contravención del principio de seguridad jurídico-contable que ello implicaba”. Se trata de conductas “tendentes a distorsionar las cuentas y balances de la entidad, contribuyendo así a la vulneración del principio de imagen fiel de la CAM, en momentos de grave crisis económica y financiera que se intentó esconder o al menos maquillar”.

Sin embargo, los jueces han absuelto al que fuera presidente de la entidad, Modesto Crespo, así como a la Fundación de la Comunidad Valenciana Obra Social de Caja Mediterráneo (Fundación CAM) Banco Sabadell S.A. y Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. ( CASER) de las reclamaciones dinerarias que se les venían formulando por su presunta responsabilidad civil.

En lo que respecta a las polémicas cuotas participativas emitidas en 2008 la sala considera que no ha quedado acreditado que algún concreto inversor haya adquirido, en el período comprendido entre el 1 de marzo del 22 de julio de 2011, cuotas participativas de la CAM fiándose de la supuesta e irreal situación económica normalizada de la entidad emisora de esos valores cotizables y “menos aún, señala la sala, que los acusados o alguno de ellos, haya maniobrado artificiosamente para , en su propio beneficio, de la entidad CAM o de terceros, determinar la voluntad de algún inversor concreto de adquirir o mantener cuotas participativas en su perjuicio”.

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