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Los clientes de banca tienen hasta el jueves para presentar su DNI y evitar el bloqueo de su cuenta

Los clientes de banca tienen hasta el jueves para presentar su DNI y evitar el bloqueo de su cuenta

Los bancos y cajas urgen a sus clientes a que se identifiquen conforme a la Ley Antiblanqueo

Nuria Triguero

Sábado, 25 de abril 2015, 01:04

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«Acuda lo antes posible a su sucursal. Debe facilitarnos su documentación para evitar el bloqueo de determinadas operaciones en su cuenta o la cancelación de la relación de negocios». El mensaje asusta a cualquiera. A muchos les ha llegado al móvil, a otros al correo ordinario o electrónico y hay quien se ha encontrado la alerta al operar en el cajero automático. Si le ocurre, tranquilo: ni es una estafa ni su entidad ha detectado irregularidades en sus finanzas. Si es un usuario particular, sólo tiene que llevar el DNI a su oficina para que le hagan una copia digital. Es un requerimiento que están haciendo de forma masiva todas las entidades financieras para cumplir con la Ley Antiblanqueo. Una norma que, por cierto, data de 2010, y cuyo plazo de adaptación expira el próximo 28 de abril, aunque los bancos lo han ampliado hasta el día 30. De ahí la urgencia.

Cinco años han tenido, pues, los bancos y demás sociedades que prestan servicios financieros para dar cumplimiento a los requisitos de diligencia debida de la Ley Antiblanqueo. Pero parece que el hábito tan español de dejar las cosas para última hora se aplica también a la banca. Desde Unicaja matizan, no obstante, que el reglamento de la Ley Antiblanqueo no se publicó hasta mayo de 2014, por lo que el plazo real de adaptación que han tenido las entidades bancarias ha sido menor. En cualquier caso, algunas han sido más previsoras que otras, pues comenzaron hace meses la campaña informativa hacia su clientela.

Las sucursales bancarias han estado más llenas de lo habitual estos días, pues los clientes están acudiendo masivamente para digitalizar sus documentos de identidad tras recibir tan perentorios mensajes. «Nos llegan bastantes consultas de usuarios que están extrañados por tanta urgencia y preguntan a qué se debe», apunta el delegado de la asociación de consumidores Ausbanc en Málaga, Alfredo Martínez, que critica la falta de previsión de los bancos para adaptarse a esta ley «que lleva ya cinco años en vigor», recuerda.

La finalidad de esta medida es que los bancos tengan bien identificados a sus clientes con documentación actualizada. ¿Qué documentación? Pues depende del tipo de cliente: para los particulares, basta con el DNI, o documento equivalente si se es extranjero. En cambio, las empresas y demás personas jurídicas tienen más requerimientos: desde una certificación del Registro Mercantil hasta, en algunos casos, un acta notarial de identificación de titularidad real. ¿Qué ocurre si no se cumple con estos requerimientos? En las comunicaciones que están llegando a los clientes, se advierte claramente: «No podríamos garantizarle la prestación del servicio». Incluso se menciona la posibilidad de bloquear las cuentas.

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