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¿Cuáles son los gastos deducibles para los autónomos?

¿Cuáles son los gastos deducibles para los autónomos?

Hacienda permite desgravar bienes y servicios relacionados con la actividad desarrollada, pero hay que tener cuidado con las facturaciones más polémicas, como la gasolina o las comidas de trabajo, para evitar inspecciones

Alberto Gómez

Domingo, 30 de abril 2017, 01:09

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En España hay más de tres millones de autónomos, a menudo asfixiados por la cuota mensual de la Seguridad Social, entre las más altas de Europa. Entre impuestos y gastos, la facturación va estrechándose hasta importes casi siempre más reducidos de lo esperado por los trabajadores. Muchos recurren a deducciones para evitar el batacazo al final de cada trimestre, pero no todo vale. La normativa permite desgravar gastos en función del tipo de actividad y del régimen de tributación y conviene recordar que Hacienda interpreta la ley de forma especialmente restrictiva en determinados casos.

En primer lugar, hay que distinguir entre aquellos gastos deducidos en las liquidaciones trimestrales del IVA y los que disminuyen la base imponible en la declaración de la renta. La norma fundamental es solicitar facturas, ya que los tickets y recibos únicamente son aceptados en casos contados relacionados con el IPRF. Hacienda deja claro que solo pueden desgravarse aquellos gastos derivados de la actividad económica, aunque con matices. También hay que recordar que ya es posible recuperar el IVA de las facturas impagadas sin ningún tipo de coste, aunque deben haber pasado seis meses como mínimo desde la emisión de la primera factura impagada. Para ello debe emitirse una factura reivindicativa que se presenta ante la Agencia Tributaria si el deudor es una empresa o un autónomo. Esta posibilidad no existe en los impagos de particulares.

Puede deducirse el IVA de varios gastos, como bienes o servicios necesarios para desarrollar la actividad profesional. Por ejemplo, un fotógrafo tiene derecho a desgravarse el 21 por ciento de la cámara adquirida para trabajar. También es posible deducir arrendamientos y cánones, como el pago del alquiler del local, además de las amortizaciones de la hipoteca, la cuota de la comunidad de propietarios y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), aunque es importante tener en cuenta que estas deducciones han de realizarse en proporción al espacio de la vivienda dedicada al desarrollo de la actividad profesional. Para evitar sanciones, lo más recomendable es consultar a un asesor legal y comunicar de forma oficial mediante el modelo 036 el porcentaje del inmueble que el autónomo destina a su trabajo. Los gastos serán deducidos en función a ese porcentaje.

¿Qué ocurre con los ordenadores? Puede desgravarse su IVA siempre que sea necesario para desarrollar el trabajo, pero comenzar a deducir impuestos de bienes esenciales (ordenadores, mobiliario, por ejemplo) de forma frecuente puede levantar las sospechas de Hacienda. Es un truco utilizado por muchos trabajadores por cuenta propia, que piden a familiares y amigos que soliciten las facturas a su nombre, pero aumenta de forma considerable el riesgo de ser inspeccionados.

También es posible desgravar suministros de teléfono, luz o gas siempre que estén relacionados con la actividad profesional desempeñada, aunque existen gastos más controvertidos que otros. La gasolina es uno de ellos, así que resulta mejor pensarlo dos veces antes de incluir la factura tras llenar el tanque. Los trabajos relacionados con el transporte pueden deducir el gasto de combustible y el IVA correspondiente, pero en el resto de casos únicamente puede desgravarse el 50 por ciento del IVA, siempre y cuando el trabajador pueda demostrar, en caso de que se requiera, que el vehículo es utilizado para su actividad económica. En última instancia, la Agencia Tributaria se reserva la posibilidad de considerarlo gasto fiscalmente deducible o no. Algo similar ocurre con la línea de teléfono, aunque Hacienda suele poner menos pegas en ese sentido. En el caso de tener una sola línea de móvil, Hacienda permite desgravar un 50 por ciento del gasto.

A sabiendas de que habrá que estar preparados para demostrar que no fueron salidas de ocio, los trabajadores por cuenta propia también pueden desgravar los gastos de desplazamiento en transporte público (taxis, avión y tren), además del hospedaje en hoteles y gastos de manutención (restaurantes). Los gastos en las comidas de trabajo son especialmente polémicos, de modo que lo mejor es que sean limitados a la actividad.

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