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Colas de pasajeros en el aeropuerto de El Prat durante una jornada de huelga de los vigilantes de seguridad. :: Quique García / efe
El arbitraje obligatorio, una figura muy conocida en el sector aeroportuario

El arbitraje obligatorio, una figura muy conocida en el sector aeroportuario

La medida aplicada ahora a los vigilantes de El Prat ya fue utilizada antes en conflictos laborales de los pilotos de Iberia o los controladores aéreos

DAVID VALERA

MADRID.

Lunes, 21 de agosto 2017, 00:33

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El conflicto del aeropuerto de El Prat entre los vigilantes de seguridad y la empresa concesionaria Eulen se resolverá a través de un laudo arbitral obligatorio impuesto por un mediador designado por el Gobierno. El presidente del Consejo Económico y Social (CES), Marcos Peña, será el encargado de realizar en un máximo de diez días un dictamen de forzoso cumplimiento para las partes. Una medida extrema y poco habitual para resolver los problemas laborales, aunque es una figura bastante conocida en el sector aeroportuario. Algo que no ha evitado duras críticas por parte de los trabajadores afectados y los sindicatos al considerar que en este caso no se daban los requisitos para ello. Sin embargo, el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, justificó la medida por la posición «irreconciliable de las partes», así como la «duración prolongada de la huelga» y sus «graves consecuencias» para la economía española. Una situación que reabre el debate sobre esta figura legal.

La principal diferencia entre mediación y arbitraje radica en que mientras la primera iniciativa -normalmente consensuada entre las partes- busca una solución a través de una propuesta que puede ser aceptada o no por empresa y trabajadores, el arbitraje implica un dictamen que será de forzoso cumplimiento. En cualquier caso, esto no significa que no se puedan recurrir a los tribunales el laudo, algo que, por cierto, ya han advertido que harán los portavoces del comité de huelga de Eulen.

La base legal sobre la que se sostiene el arbitraje obligatorio es el Real Decreto Ley preconstitucional 17/1977 que fue validado parcialmente por el Tribunal Constitucional en una sentencia de 1981. En el artículo 10 de esa norma se recoge que se puede instituir un arbitraje obligatorio como mecanismo de terminación de la huelga cuando concurran «causas excepcionales». En ese sentido, cita expresamente una duración prolongada de los paros que puedan derivar en «graves consecuencias o un perjuicio grave para la economía nacional». Asimismo, fija como otro requisito que las partes mantengan «posiciones irreconciliables y sin que se prevea ningún posible acuerdo entre las mismas». Unos argumentos utilizados por el ministro De la Serna para justificar la medida adoptada en El Prat.

La base legal es un decreto de 1977 limado por el Constitucional y que lo fija a «causas excepcionales»

Uno de los principales precedentes de arbitraje fue el que se produjo en el conflicto entre Iberia y el sindicato de pilotos Sepla por la creación de la compañía de bajo coste Iberia Express en 2012. Tras varios episodios de huelga y vuelos cancelados y la imposibilidad de acercar posturas, el Gobierno eligió a Jaime Montalvo, catedrático de Derecho del Trabajo y que también fue presidente del CES, como árbitro de esa situación. Y al igual que en caso de los vigilantes de El Prat, tuvo un plazo de diez días para realizar el laudo obligatorio.

Recurso a los tribunales

Sin embargo, el laudo de Montalvo en el conflicto de Iberia fue recurrido en dos ocasiones a los tribunales y el Supremo terminó anulándolos dos años después. Sin embargo, no tuvo efectos prácticos porque en ese periodo de tiempo ambas partes llegaron a un acuerdo de productividad que trajo la calma.

Otro nombre propio de las mediaciones es el de Gregorio Tudela, también catedrático de Derecho del Trabajo y que actuó de mediador entre Iberia y el personal de tierra y tripulantes de cabina. Tras escuchar a las partes redactó su propuesta en tres semanas.

La mayor parte de los conflictos en los que ha sido necesario acudir al arbitraje están relacionados con el sector aeroportuario. Hay que tener en cuenta que se trata de una actividad estratégica y, por tanto, el Gobierno es más proclive a actuar en caso de que se viva una situación de conflicto.

Así ocurrió durante la crisis de los controladores aéreos. El exministro de Trabajo, Manuel Pimentel, actuó como árbitro en el conflicto entre estos trabajadores y AENA en 2011. En este caso, su nombre fue consensuado entre las partes y tuvo un papel muy complicado dado la situación límite que se vivía. Hay que recordar que este procedimiento se produjo después de los graves problemas derivados de una huelga encubierta de controladores en vísperas del puente de la Constitución que provocó un caos aeroportuario y llevó al Gobierno a declarar el estado de alarma por primera vez en la democracia. Finalmente el laudo puso fin también a este conflicto laboral.

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