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A. ESTRADA
Sábado, 25 de marzo 2017, 00:31
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El Juzgado de Primera Instancia 89 de Madrid ha desestimado la demanda de Iberdrola contra Bankia por las pérdidas sufridas en la compra de acciones en la salida a Bolsa. El juez entiende que Iberdrola dispuso de «dos avisadores de inseguridad e incertidumbre de Bankia» que fueron las rebajas de calificación que dos agencia de rating hicieron unos días antes de la salida a Bolsa de la entidad financiera. Pese a lo cual, señala el tribunal, decidió adquirir acciones por valor de casi setenta millones de euros.
Esta resolución del juzgado de primera instancia parte de considerar la contabilidad de Bankia al tiempo de la OPS «falsa». Señala que la protección a los minoristas ha obedecido a dos motivos: «su falta de conocimientos financieros y la falsedad contable de Bankia» y que en este segundo aspecto la misma protección ha de dispensarse a los inversores profesionales «a quienes Bankia hurtó también su contabilidad real».
Por otra parte, el juez considera que Iberdrola no ha acreditado que la contabilidad de Bankia fuera un «elemento esencial» en su decisión de acudir a la oferta pública de suscripción (OPS), ya que en un informe interno se plantea como una «operación de carácter sistémico para España», que tendría efectos positivos en la prima de riesgo.
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