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Pasos para recuperar el dinero pagado de más en las hipotecas

A pesar de la sentencia favorable de la UE, los usuarios afectados deberán negociar con sus bancos la devolución del dinero y podrían tener que revisar sus declaraciones de la Renta de años anteriores

José María Camarero

Miércoles, 21 de diciembre 2016, 13:48

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La gestión del fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) no es tan fácil ni tan rápida como cualquiera de los afectados podría esperar tras conocer la sentencia que esta mañana ha llegado desde Luxemburgo. Son muchos los condicionantes legales que limitan un reintegro exprés de ese dinero, y muchas las dudas que siguen sin respuesta.

¿La banca devolverá directamente el dinero?

No. En primer lugar, porque la sentencia afecta a aquellas entidades a las que las asociaciones de consumidores demandaron en su momento. Pero, además, porque no está realmente claro si, jurídicamente hablando, el reintegro del dinero por parte de todo el sector debe realizarse automáticamente. De hecho, la Asociación Española de Banca (AEB), la patronal del sector, ya ha anticipado que "será preciso conocer los plazos y el procedimiento en los que esta resolución tendrá que llevarse a efecto".

¿Será necesario negociar con cada entidad?

Previsiblemente sí. La patronal de la banca ha advertido de que "los bancos afectdos están abiertos a una interlocución directa con sus clientes a fin de agilizar la aplicación de esta resolución". En la práctica, quiere decir que tendrá que ser cada usuario el que se dirija a su entidad para aclarar la repercusión de esta sentencia; negociar la retirada de la cláusula suelo, si no se la han anulado todavía; y, en su caso, instar a que le devuelvan todo el dinero cobrado de más en intereses desde que se activó esta limitación hipotecaria.

¿Tendrá que litigar en la justicia para ver resarcidos sus derechos?

Dependerá de cada caso, pero no se puede omitir el hecho de que algunos bancos se negarán a devolver ese dinero desde el primer momento. Al acudir al juzgado, y a pesar del coste que ello pueda conllevar, el usario siempre contará con la certeza de que tiene el respaldo de la sentencia de la Justicia Europea y que al final, previsiblemente, saldrá ganando en todo el proceso, aunque sea a costa de tiempo, esfuerzo y dinero.

¿La sentencia afecta incluso a hipotecas amortizadas?

Sí. Porque de lo que se trata es de determinar qué parte de los intereses pagados en los recibos mensuales ha sido cobrada de más por la banca, al imponer unos tipos más elevados de los que realmente correspondería dependiendo de cómo estuviera la suma del euríbor y el diferencial en cada momento. Si la hipoteca aún se encuentra activa, el derecho a ser compensado por la banca es el mismo que el de aquellos créditos que ya hayan sido liquidados, pero que también contaran con cláusulas suelo en su momento.

¿Habrá que tributar ante Hacienda, de nuevo?

Ajustar cuentas con Hacienda será, previsiblemente, la peor parte a la que tendrán que hacer frente los beneficiados por la devolución de las cláusulas suelo, si el fisco no determina otra opción. Porque al ser reintegradas las cantidades cobradas de más en intereses, Hacienda puede reclamar ese dinero del que, en su momento, se dedujeron en el IRPF por adquisición de vivienda habitual, y que en realidad no les correspondería. Se trata de una desgravación, vigente para las compras de viviendas hasta 2013, por la que se aplicaba una deducción del 15% sobre las cantidades aportadas a la hipoteca anualmente, con un máximo de 9.015 euros.

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