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J. M. CAMARERO
Martes, 26 de julio 2016, 00:41
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madrid. Atendiendo a su eficacia recaudatoria, el primer consejo de ministro del Gobierno de Mariano Rajoy decidió, en diciembre de 2011, incrementar el tipo impositivo del IBI urbano que se situó entre el 4%, el 6% y el 10% dependiendo de la antigüedad de la última revisión catastral del municipio correspondiente. Las ponencias -informes del Catastro que determinan el valor de los inmuebles de un municipio- que fueran anteriores a 2002 serían las más perjudicadas por esta medida, frente a las revisiones realizadas entre 2008 y 2011, sobre las que se aplicó el menor incremento entre los tres posibles.
En el IBI, cada consistorio tiene la capacidad para fijar tanto el tipo impositivo como determinados beneficios fiscales en función de su política presupuestaria, aunque con muchos matices. En el caso del gravamen a aplicar sobre la cuota íntegra no puede ser inferior al 0,4% ni superar el 1,10%. Además, los ayuntamientos que así lo decidan, pueden aplicar una bonificación que alcanza el 90% para los titularse que sean familias numerosas, o del 50% si el inmueble cuenta con sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico con energía solar.
El último informe tributario elaborado sobre las 52 capitales de provincias a finales de 2015 indicaba de Lérida era la ciudad con la cuota media más alta (140,02 euros de media) frente a Pamplona (22,69).
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