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Un vehículo pasa junto a un semáforo en la zona de Avenida de América, en Madrid. :: Juan Carlos Hidalgo / Efe
La burocracia atasca a los conductores

La burocracia atasca a los conductores

El documento provisional expedido mientras se renueva el carné limita las posibilidades de los automovilistas

J. LUIS ÁLVAREZ

Domingo, 9 de octubre 2016, 00:41

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Si un conductor está renovando su permiso y dispone del resguardo provisional que le acredita para ponerse al volante de un coche, tiene un problema. No es que no pueda conducir su propio vehículo para ir al trabajo, de compras al supermercado, salir con los amigos o viajar. El trastorno se presenta si, por casualidad, está pensando en desplazarse fuera de España o simplemente tiene que alquilar un coche.

Según datos de la Dirección General de Tráfico, en 2014 nada menos que 2.729.652 conductores tuvieron que renovar su permiso de conducir B, el que permite llevar turismos, ciclomotores y motocicletas de hasta 125 cc. Desde mayo de 2010 ya no es necesario acudir a las jefaturas provinciales de Tráfico para efectuar este trámite. Son los centros de reconocimiento médico los que facilitan los impresos y expiden un documento provisional para poder conducir durante tres meses mientras la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre elabora el permiso definitivo que remite posteriormente por correo ordinario a los interesados. Esto puede tardar un mes.

Para Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados, el problema es que ese documento provisional «no lo reconoce fuera del territorio español ningún país, ni siquiera de la Unión Europea», un asunto sobre el que AEA «durante el verano pasado comenzó a recibir quejas de automovilistas que se desplazaban a distintos países», 'apunta. «Pero en España y en Europa, además, las empresas de alquiler de vehículos tampoco reconocen el permiso provisional, según hemos comprobado en las principales», detalla Arnaldo, que advierte de que «tampoco te alquilan un coche aunque te hayan robado el permiso y presentes la denuncia».

Lo paradójico es que este documento provisional que emite el Ministerio del Interior sí que es reconocido por los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y las distintas policías españolas, autonómicas o locales españolas.

En el resto de Europa, la renovación del carné de conducir era algo variopinto hasta 2015, cuando la Comisión emitió una directiva para unificar la normativa. Hasta ese año, sólo España, Italia y Luxemburgo renovaban periódicamente el permiso para conducir turismos (en el caso español, todos los carnés). Sin ir más lejos, los franceses, cuando sacaban el permiso, lo tenían de por vida. A partir de 2015 hay que renovar los permisos en todos los países de la UE.

AEA ha preguntado al Ministerio del Interior francés por los inconvenientes que podría tener un conductor español con un permiso provisional que pase a territorio galo con su vehículo y sea parado por los agentes de la Gendarmería o las distintas policías. «Nos contestaron que eso es un problema nacional español y que ellos no podían hacer nada», indica el máximo responsable de la asociación de conductores.

Fuentes de la Comisión Europea explican que «si tienes expedido un permiso de conducir por un estado miembro de la UE, más Islandia, Liechtenstein y Noruega, ese documento está reconocido en toda la UE y que, en el caso de cambiar de país de residencia, no es obligatorio canjearlo». Por el contrario, añaden en la Comisión, los permisos provisionales o temporales, los permisos internacionales o cualquier otro certificado emitidos en un país de origen «pueden no estar reconocidos en otros países de la UE». Se justifican con que al tratarse de documentos que se expiden solo en algunos Estados «no están cubiertos por las normas de la UE». Y es que en algunos países comunitarios la renovación del permiso se hace como ocurre en España con el DNI: el interesado sale con el carné nuevo en la mano.

Hay que recordar que el documento que dan en los centros de reconocimiento en España no los rellena o supervisa un funcionario de la DGT o del Ministerio del Interior. Por este motivo y porque «podrían ser fácilmente falsificados», las principales compañías de alquiler de vehículos, incluyen en sus condiciones generales que «sólo se podrá realizar un contrato siempre que el interesado presente el carné de conducir original y en vigor». Desde Hertz precisan, además, que el no aceptar el documento provisional «es un requisito legal, porque para conducir un coche legalmente tienes que estar en posesión del permiso de conducir en vigor o traer un documento de la DGT».

Ante esta situación, AEA se ha dirigido al ministro del Interior, Jorge Fernández Díez, para que «arbitre de manera urgente una solución que garantice en todo momento la libre circulación de los automovilistas españoles, hoy limitada por un problema burocrático de la administración española», tal como recoge la petición.

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