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Condenado a prisión por pegar con un martillo a otro hombre en la cabeza tras rezar juntos

Condenado a prisión por pegar con un martillo a otro hombre en la cabeza tras rezar juntos

El procesado, que reconoce que se equivocó y que perdió los nervios, agredió a la víctima por una deuda económica en Mijas

Miércoles, 20 de junio 2018, 01:13

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Los magistrados de la Audiencia Provincial malagueña han condenado a un hombre por golpear a otro en la cabeza con un martillo. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, la pena que se le ha impuesto es de dos años de prisión.

Los hechos tuvieron lugar el 7 de febrero del año pasado en la planta baja de un edificio situado en la avenida de México, en la localidad costera de Mijas. En el domicilio se encontraban la víctima y el procesado, que tiene 58 años de edad.

En la resolución judicial se explica que, aquel día, los dos hombres, ambos de origen magrebí, estuvieron comiendo y rezando juntos, antes de que tuviera lugar la agresión. El motivo que la detonó no fue otro que una deuda económica existente entre ambos.

Traslado al hospital

En un momento dado, el procesado cogió un martillo pesado y de grandes dimensiones, con el que acabó golpeando a la víctima en la cabeza. Según adelantó entonces este periódico, tras el ataque, el herido fue trasladado inmediatamente por los efectivos sanitarios hasta el Hospital Costa del Sol, ubicado en la vecina localidad de Marbella, para ser atendido de las lesiones que presentaba.

El procesado utilizó un martillo pesado y de grandes dimensiones para cometer la agresión

Los magistrados precisan en la sentencia que el hombre sufrió un traumatismo craneoencefálico, una herida en el cuero cabelludo y un foco conclusivo en el lóbulo occipital izquierdo. Tardó en curarse de las heridas 30 días, de los que 15 fueron impeditivos para sus ocupaciones habituales.

Consignación económica

En la sentencia, a la que se llegó con el acuerdo del procesado, se recoge que éste reconoció que se había equivocado y que perdió los nervios. Asimismo, consignó 5.000 euros para satisfacer su responsabilidad por estos hechos.

Es precisamente por este último aspecto por lo que en la resolución judicial los magistrados indican que concurre la circunstancia atenuante de reparación del daño. Aun así, también aprecian la de reincidencia, ya que, tal y como recogió la Fiscalía en su momento, el procesado se vio inmerso en un asunto similar en el que, también por una discusión motivada por una deuda, agredió con una barra de hierro a otra persona.

En la sentencia de la Audiencia se establece una indemnización de 5.000 euros

Pese a que la Fiscalía y la acusación particular, en nombre de la víctima, solicitaban inicialmente que el hombre fuese condenado a siete años y ocho años de prisión, respectivamente; por un supuesto delito de intento de homicidio, finalmente rebajaron sus pretensiones y pidieron una pena de dos años de cárcel por un delito de lesiones, estableciendo la indemnización en 5.000 euros.

Los magistrados de la Audiencia han decretado que el procesado es culpable de un delito de lesiones. Además de la citada pena de prisión, también establecieron la indemnización de 5.000 euros.

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