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Enrique Bolín (de espaldas) durante el juicio (archivo).
Absuelven al exalcalde de Benalmádena Enrique Bolín de irregularidades en una subasta de coches

Absuelven al exalcalde de Benalmádena Enrique Bolín de irregularidades en una subasta de coches

La Audiencia de Málaga indica que no se puede atribuir al exregidor responsabilidad penal alguna y declara probado que no consta que actuara a sabiendas de que entre los vehículos había algunos intervenidos judicialmente

PPLL

Lunes, 6 de julio 2015, 18:57

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La Audiencia de Málaga ha absuelto al exalcalde de Benalmádena Enrique Bolín que había sido acusado de los delitos de prevaricación, apropiación indebida y malversación por supuestas irregularidades en la enajenación mediante subasta de vehículos retirados de la vía pública, algunos de ellos intervenidos judicialmente.

La Fiscalía solicitó una pena de siete años de prisión, al considerar que en septiembre de 2005 el entonces regidor aprobó una resolución para la enajenación de coches, mediante el sistema de subasta, haciéndose 11 lotes, cada uno con varios turismos; "a sabiendas de que entre los vehículos había algunos que se encontraban intervenidos judicialmente" o era propiedad de las aseguradoras.

Ahora, la Sección Novena indica que no se puede atribuir a Bolín responsabilidad penal alguna y declara probado que no consta que actuara a sabiendas de que entre los vehículos había algunos intervenidos judicialmente ni de que se careciera de autorización de los juzgados a cuya disposición estaban dichos coches, ya que se siguió el trámite establecido.

Así, se señala que los vehículos abandonados tienen consideración de residuo urbano y según la Jefatura de Policía Local se habían hecho las notificaciones correspondientes y se "habían agotado los trámites precisos", siguiéndose los trámites administrativos legalmente establecidos, con un informe de Patrimonio del Ayuntamiento, que decía que el sistema de subasta era adecuado.

La resolución precisa que ante la problemática del volumen de coches, se acordó proceder a la subasta, previo informe de los servicios técnicos competentes, que no encontraron obstáculo para ello, a la vista del informe de Policía Local, cuyo jefe declaró como testigo en el juicio y dijo que en el expediente se contactó con los respectivo propietarios.

Asimismo, se indica que se desconoce realmente si determinados vehículos estaban intervenidos por orden judicial y si existía constancia en la Jefatura de Policía Local. Por todo esto, se dicta una sentencia absolutoria, al margen de las responsabilidades civiles o patrimoniales que quieran ejercer los perjudicados. La resolución se puede recurrir.

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