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El TS confirma la pena de un año de cárcel para tres vecinos de Vélez por agredir a dos policías

El suceso se produjo en 2011 después de que dos agentes llamaran la atención a una mujer que estaba fumando en el interior de un pub

Agustín Peláez

Sábado, 16 de julio 2016, 03:18

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La Sala Segunda del Tribunal Supremo acaba de dictar un auto al que ha tenido acceso este periódico por el que acuerda no admitir el recurso de casación presentado por los tres vecinos de Vélez condenados el pasado mes de noviembre por la Sección 9ª de la Audiencia Provincial por pegar a dos agentes de la Policía Local veleña que llamaron la atención a una mujer que estaba fumando en el interior de un bar.

La sentencia condena a los procesados a un año de cárcel para cada uno por un delito de atentado y por dos falta de lesiones por las que también deben indemnizar a los policías con 4.980 euros 2.280 y 2.700 euros de forma conjunta y solidaria, y a una multa de 600 euros cada uno. El fallo absuelve a los agentes del delito de lesiones del que habían sido acusados.

El Supremo no admite ninguno de los tres motivos en los que han basado el recurso de casación, por lo que reafirman la condena impuesta, a la vez que impone l a la parte recurrente las costas del recurso. Se da la circunstancia además que al recurso se habían opuesto tanto el Ministerio Fiscal como la parte recurrida.

Los condenados habían argumentado el recurso en una presunta infracción del derecho a la tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia, y por no aplicar debidamente los artículos 550, 551 y 167.1 del anterior Código Penal. Sin embargo, los mismos han sido rechazados por el Alto Tribunal. De hecho, en el auto la sala señala que no se ha producido ninguna indefensión.

Los hechos a los que se refiere la sentencia tuvieron lugar en enero de 2011, cuando los condenados se encontraban en un pub de la localidad veleña al que entraron los agentes a tomar un café. Según la sentencia dictada en su día por la Audiencia Provincial, cuando los policías estaban realizando su consumición, uno de los agentes llamó la atención a una mujer que se encontraba fumando dentro del local y que apagó el cigarro sin mayor incidente.

Sin embargo, uno de los procesados se dirigió a uno de los policías de manera despectiva, per lo que le requirió la documentación, a lo que se negó de manera rotunda. Ante esta situación los agentes le dijeron que tendrían que llevarlo para identificarlo. Así, cuando iban a introducirlo en el coche patrulla, los otros procesados, que son hermanos, intervinieron. Según la sentencia, los tres acometieron a los agentes con gran dureza, dándoles puñetazos y golpes, tirándolos al suelo. Como consecuencia de la refriega, los policías sufrieron diversas lesiones.

Uno de los condenados también sufrió lesiones en un testículo que requirió tratamiento médico quirúrgico. La Audiencia considera no obstante que no ha quedado acreditado que la lesión se la produjera uno de los agentes a consecuencia de una agresión directa. La sentencia aclara en este sentido que la actuación de los policías fue legítima, correcta y no excesiva.

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