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Los perceptores de renta básica podrán cobrar hasta 779 euros mensuales

El decreto ley aprobado ayer por el Consejo de Gobierno entrará en vigor en enero y podrá beneficiar a unas 45.000 familias en Andalucía

MARÍA DOLORES TORTOSA

Miércoles, 20 de diciembre 2017, 00:44

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sevilla. Los perceptores de la renta mínima de inserción social, aprobada ayer por el Gobierno andaluz, cobrarán entre 419 y 779 euros mensuales. El decreto ley, que establece la renta mínima como un nuevo derecho subjetivo garantizado en cumplimiento del Estatuto de Autonomía, sustituye al del Ingreso Mínimo de Solidaridad -el llamado salario social implantado en Andalucía desde 1999- y aumenta de seis a doce meses su percepción. Entrará en vigor en enero, aunque deberá pasar también el trámite parlamentario por tratarse de un decreto ley. Beneficiará a unas 45.000 familias y su percepción podrá ser compatible con un empleo de un mes o menos y también estará sujeta a un programa de inserción laboral, como hace dos semanas avanzó este periódico.

El Ejecutivo de Susana Díaz trasladó ayer como un avance en derechos la anunciada renta básica, consensuada con los sindicatos mayoritarios CC OO y UGT y otras asociaciones sociales. Andalucía ha sacado adelante lo que no ha podido conseguirse en el Congreso, donde fracasó una propuesta similar. La presidenta de la Junta, Susana Díaz, escribió en su cuenta de Twitter que se trata de una medida «valiente y de justicia» para que la recuperación económica llegue a quienes más lo necesitan.

La consejera de Igualdad y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio, subrayó el compromiso de su departamento de no tardar más de dos meses en resolver el pago a las familias que lo soliciten y reúnan los requisitos.

La medida contará con 198 millones de euros en el Presupuesto de 2018 y sumará 819 millones de euros hasta 2021. Los partidos de la oposición PP, Podemos e IU han criticado la escasa dotación presupuestaria como uno de los puntos flacos de la esperada renta básica.

Para el cálculo de la cuantía se tendrá en cuenta el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) y como novedad respecto al salario social no se tendrán en cuenta para el importe la vivienda habitual, las prestaciones por hijos a cargo tanto contributivas como no contributivas, las pensiones de orfandad, la remuneración por acogimiento, las pensiones de alimentos y las prestaciones económicas para personas en situación de dependencia. Tampoco computarán las becas para la educación o formación y transporte, los ingresos procedentes de asistencia a cursos y los contratos de formación para jóvenes, así como las ayudas del sistema de protección destinadas a los mismos, los inmuebles declarados en ruinas y las subvenciones públicas para vivienda habitual.

Entre los nuevos integrantes está el colectivo de inmigrantes, los mayores de 65 años con menores a su cargo y las personas entre 16 y 24 años que tengan otros menores a su cargo o hayan sufrido violencia de género. Hay un requisito de mínimo de residencia en Andalucía de un año que no se tendrá en cuenta a víctimas de violencia machista, refugiados, apátridas, extutelados por la Junta un año antes y personas en situación de fuerza mayor.

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