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La diseñadora Juana Marín, absuelta en el 'caso Invercaria'

SUR

SEVILLA.

Sábado, 2 de diciembre 2017, 00:22

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Un juzgado de Córdoba, que investiga una pieza relacionada con el caso Invercaria, ha absuelto a la diseñadora cordobesa Juana Martín del delito de alzamiento de bienes por el que estaba enjuiciada. En su sentencia, facilitada a Efe, el titular del Jugado de lo Penal 2 de Córdoba ha expuesto que la diseñadora estaba acusada de un presunto delito de alzamiento de bienes, o frustración de la ejecución de un embargo de bienes, que se iba a hacer por Invercaria.

Delito por el que el fiscal solicitó tres años de cárcel y 5.400 euros de multa, si bien ante la sentencia cabe recurso de apelación en los próximos diez días.

El juez considera probado que Invercaria, empresa pública de la Junta de Andalucía, que persigue el desarrollo de pequeñas y medianas empresas, a finales de 2008 contactó con la mercantil Juana Martín Andalucía S.L., cuya administradora es la diseñadora, para financiar a la misma y entrar a formar parte de su capital.

En 2011, Invercaria transmitió a Inverseed, igualmente de naturaleza pública, los derechos de crédito y la participación que ostentaba de la mercantil acusada, así como la participación de capital que tenía sobre esta, sucediendo por tanto a Invercaria en todos los derechos y acciones derivados de la financiación a la empresa acusada.De esa manera, la empresa adeudaba a Inverseed la suma de 702.943,84 euros de principal, más 210.883 euros de intereses y costas como consecuencia del impago de los prestamos participativos concedidos por Invercaria.

Dado que llegado el vencimiento de los mismos la entidad acusada no cumplió con sus obligaciones de pago, y tras fracasar los distintos intentos de solución extrajudicial, en 2013 Inverseed interpuso la correspondiente demanda de ejecución de título no judicial en Primera Instancia de Sevilla.

Dicho juzgado acordó despachar ejecución frente a la ejecutada por importe de 702.943,84 euros de principal, más 3.883 euros de intereses y costas, acordándose por decreto de igual fecha requerir de pago a la ejecutada.

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