El gerente de un Centro de Mercancías de Morón de la Frontera (Sevilla) ha sido condenado a dos años de cárcel por los ruidos del aparcamiento de camiones que creó en un solar no urbanizable, en una sentencia que además le impone el pago de 3.000 euros a cada uno de los vecinos afectados.
Una sentencia del juzgado de lo penal 8 de Sevilla, a la que ha tenido acceso Efe, condena a Juan Antonio J.A. como responsable del Centro de Transporte de Mercancías de la localidad, con capacidad para 150 camiones, cuyos ruidos "incesantes" e "insufribles" entre las 2 y las 6 de la madrugada superaban los límites legales permitidos.
El aparcamiento de camiones fue creado en la llamada Carretera de la Alcoba, un terreno que inicialmente era un secadero de algodón calificado como no urbanizable, y por lo tanto donde solo podían instalarse explotaciones agropecuarias y sus almacenes anexos, según el fallo.
Los dos dueños del terreno ya fueron condenados por la Audiencia de Sevilla a seis meses de cárcel cada uno por delito urbanístico y dos sucesivos alcaldes de Morón -Manuel Morilla (PP) José Párraga (PSOE)- tienen pendiente un juicio en el que la Fiscalía pide para ellos un año y medio de cárcel y nueve de inhabilitación por consentir las industrias ilegales.
Ahora, el juzgado penal 8 impone al administrador de la empresa dos años de cárcel, el mismo plazo de inhabilitación para cualquier actividad relacionada con el estacionamiento de camiones, una multa de quince meses con cuota de seis euros, lo que equivale a 2.880 euros, y el pago de 3.000 euros a cada uno de los cinco vecinos que le llevaron a juicio.
El elevado nivel de ruido y su "persistencia y continuidad" supuso "un grave riesgo potencial para la salud" de los vecinos, que según informes forenses presentaron "ansiedad, insomnio y despertares frecuentes", recoge la sentencia.
Numerosas quejas
La juez dice que "no consta que el Ayuntamiento de Morón haya dado respuesta" a las numerosas quejas que presentaron los vecinos contra el aparcamiento de camiones, que durante varios años funcionó "sin que conste obstáculo alguno por parte del Ayuntamiento".
La empresa se constituyó en diciembre de 2003 y su actividad no cesó hasta que el juzgado que investigaba las denuncias vecinales ordenó su paralización, en mayo de 2007.
Ahora, la sentencia ordena que la paralización de la actividad continúe al menos cinco años y hasta que se cumplan los requisitos que garanticen la "salubridad acústica de la zona".
La sentencia se basa en un informe pericial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta, cuyo técnico expresó que el nivel de ruidos en las viviendas colindantes era "superior al legalmente permitido" tanto por la normativa andaluza contra el ruido como según las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).