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Málaga

tribunales

La mujer sufrió quemaduras de primer y segundo grado en una de las sesiones a las que se sometió para eliminar el vello de las piernas
12.09.09 - 18:48 -

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El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Málaga ha condenado a una empresa de depilación laser a indemnizar con más de 9.000 euros a una clienta que sufrió importantes quemaduras a consecuencia de un tratamiento que seguía en esa clínica de estética desde principios de 2007.
De esta forma, la magistrada estima parcialmente la demanda presentada por el letrado Manuel Temboury, en la que se explicaba que la perjudicada había sufrido daños estéticos y, sobre todo, secuelas morales a raíz de una presunta negligencia producida en una de las sesiones de depilación.
La sentencia considera que "la relación de causalidad entre la sesión laser y las quemaduras padecidas es evidente, habida cuenta de la naturaleza del tratamiento, de las lesiones y de la coincidencia temporal de ambos episodios".
Aunque indica que es cierto que la mujer suscribió, previamente a someterse al tratamiento, el correspondiente documento en el que daba su consentimiento y que mencionaba posibles riesgos de quemaduras, "con incluir esta posibilidad no se excluye una responsabilidad derivada de mala praxis".
Se determina que la entidad de los daños, "con la amplitud de zonas afectadas", supone "un efecto desproporcionado respecto del riesgo de que se advierte en el documento de información, donde se limita a consignar como otro posible riesgo "quemadura", en singular y sin referencia alguna a su intensidad o persistencia".
En la demanda se indicaba que la afectada contrató los servicios de la empresa para eliminar el vello de las piernas y que en una sesión sintió un dolor "excesivo" en una pierna. Al tener ampollas y "ante el fuerte dolor", fue al hospital donde se le diagnosticaron quemaduras de primer y segundo grado.
Se solicitaba en total 19.790 euros por los 21 días que tardó en curar y por las secuelas que sufría de perjuicio estético y estrés postraumático. No obstante, la jueza concede una parte del dinero solicitado, al entender que no hay secuela y sí "un padecimiento prolongado en el tiempo", aunque no definitivo.
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