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MÁLAGA

Condenan a los promotores de unos chalés de lujo en Estepona a pagar los defectos de construcción

La constructora, el aparejador y el arquitecto tendrán que indemnizar con 78.ooo euros a siete de los 35 propietarios por daños en las cubiertas

M. M.

Lunes, 29 de junio 2009, 03:15

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La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a los responsables de la edificación de unos chalés de lujo en Estepona a indemnizar a siete propietarios con el pago de casi 78.000 euros por defectos de construcción. La mayoría de las villas del conjunto residencial Los Cármenes presentaron graves defectos en las cubiertas, que tuvieron que ser desmanteladas al poco tiempo de ser terminadas las obras. La sentencia condena por igual a la promotora, la constructora, al arquitecto y al aparejador porque en «la ruina concurrieron tanto causas atribuibles a la ejecución de la obra como a la dirección, inspección y control de la misma».

La resolución de la Audiencia de Málaga revoca el fallo dictado en 2002 por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Estepona, que desestimó la demanda presentada por siete propietarios británicos contra los responsables de la edificación de los chalés de Los Cármenes, un conjunto residencial habitado en su mayoría por ciudadanos del Reino Unido.

«La promotora vendió los chalés como viviendas muy lujosas, pero las calidades eran tan deficientes que los techos se cayeron», explica el abogado de los demandantes, Juan Godofredo Giménez.

El letrado añade que «tanto la constructora como la promotora disolvieron la sociedad nada más terminar la obra para evitar la reclamación».

Sin embargo, sólo siete de los 35 afectados decidieron acudir a los tribunales para reclamar los daños. «En general los propietarios desconfiaban de la justicia española, por lo que sólo siete de ellos se decidieron a demandar», agrega Giménez.

La sentencia recoge que ha quedado acreditado que las cubiertas de las siete viviendas presentaban defectos constructivos cuya causa principal fue la deficiente impermeabilización.

Mala calidad

La resolución judicial añade que si bien se trata de defectos de ejecución también debió percatarse de ello la dirección técnica de la obra (función del arquitecto) que debe vigilar su ejecución y controlar los materiales empleados, así como el encargado de su supervisión y vigilancia (el aparejador). Por ello establece que la responsabilidad de los defectos de construcción de los chalés de lujo debe ser compartida tanto por la promotora, como por la constructora, el arquitecto y el aparejador a los que impone el pago de una indemnización de 78.000 euros.

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