Un juzgado de Primera Instancia de Málaga ha condenado a un restaurante a indemnizar a una mujer que cayó al suelo tras sufrir un resbalón dentro del local, que le ocasionó graves lesiones en una muñeca. El magistrado da la razón a la afectada, que presentó una demanda en la que alega que sufrió el accidente porque había restos de comida en el suelo.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, el restaurante y su aseguradora deberán hacer frente a una indemnización por un montante de 34.446 euros por las secuelas que padece la mujer -tiene limitados los movimientos de la muñeca y la fuerza de aprehensión- y los días de incapacidad como consecuencia del siniestro.
Los hechos a los que hace referencia la resolución, que no es firme, sucedieron el 23 de diciembre de 2006 en un restaurante de la provincia de Málaga, donde la afectada estaba cenando en compañía de un grupo de amigos. Según su versión, se cayó al resbalar con unos restos de carne en salsa que había en el suelo.
Como consecuencia del accidente, sufrió lesiones en una muñeca que le han limitado la movilidad y fuerza, además de dolores que no han remitido, siempre según la mujer, a la que asiste el abogado Juan Godofredo Giménez. Por todo ello, la mujer ha estado 270 días impedida, en los que ha tenido que someterse a rehabilitación.
Del otro lado, la parte demandada -restaurante y aseguradora- esgrimieron durante el juicio que la caída no se produjo por los restos de comida en el suelo, sino por la propia torpeza de la afectada o los «efluvios de la bebida consumida», teniendo en cuenta las fechas en las que se produjo el accidente, según recoge la sentencia.
El titular del Jugado de Primera Instancia número 17 de Málaga considera que los demandados no han presentado pruebas que desvirtúen la afirmación de la mujer, que se vio refrendada durante el juicio por el testimonio de una testigo, que señaló que la caída sucedió al resbalar la afectada con los restos de comida.
El magistrado se apoya asimismo en los informes médicos y las pruebas periciales realizadas para sostener que las secuelas que sufre la mujer son consecuencia del accidente que sufrió en el restaurante.
Por todo ello, el juez estima parcialmente la demanda interpuesta por la demandante y condena a la empresa que gestiona el restaurante y a su aseguradora a pagar una indemnización de 34.446 euros a la afectada. No obstante, la resolución, que fue notificada a las partes el 9 de enero, es recurrible.