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Ceuta

El TSJA revoca el contrato a dedo del marido de Adela Nieto en Amgevicesa

La sentencia de la Sala de lo Social de Sevilla da la razón a Comisiones Obreras y admite que la contratación es ilegal y no respetó el principio de imparcialidad El fallo reabre la polémica sobre las irregularidades en la empresa municipal

J. SAKONA

Sábado, 29 de noviembre 2008, 03:54

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Una de cal y otra de arena. Si el pasado jueves la Fiscalía archivaba la denuncia de Comisiones Obreras por la contratación de Miguel Ángel Doncel, hermano del consejero de Fomento, Juan Manuel Doncel; ayer se hacía pública la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dando la razón a CC. OO. en su recurso contra el nombramiento como jefe de Personal y Administración de la empresa pública Aparcamientos Municipales y Gestión Vial (Amgevicesa) a Antonio Díaz Sanz, promotor inmobiliario y marido de la consejera de Sanidad, Adela Nieto. una contratación cuyo procedimiento había denunciado el sindicato al entender que era abiertamente ilegal.

Y es que, según explica el fallo del TSJA, su nombramiento mediante el sistema de concurso oposición por el turno libre vulneraba el artículo 31 del convenio colectivo de la citada empresa.

A juicio de CC. OO. no era sino «suma y sigue» a las contrataciones irregulares que ha realizado la Administración autónoma, según declaraba el sindicato que llegó a denunciar «persecución sindical» tras llevar el caso a la justicia, afirmando que Pedro Gordillo, vicepresidente del Gobierno y gerente de Amgevicesa usaba la empresa municipal como su «cortijo particular»

El Tribunal andaluz argumenta en los fundamentos de Derecho, que «la convocatoria de cobertura de un puesto de trabajo en la empresa tiene que estar dotada de las suficientes garantías de imparcialidad, que permitan a cualquier trabajador acceder a la plaza, cuyos méritos y capacidad se han de baremar conforme a criterios objetivos, que deben ser de público conocimiento, para permitir la impugnación de la designación del trabajador si la misma se aparta de estas directrices, finalidad que no cumple la convocatoria impugnada».

La sentencia cierra el caso de las contrataciones irregulares en la empresa municipal después de su paso por los juzgados ceutíes ya que este recurso de suplicación llega precedido por la sentencia favorable a Amgevicesa del Juzgado número 1 de lo Social de Ceuta, que en junio de este año desestimaba la demanda de CC. OO. que ahora reconoce el TSJA, dando por bueno el fundamento de Derecho que decía que «en el presente caso, es evidente que el incumplimiento por la empresa de la normativa citada del convenio colectivo conduciría necesariamente a la nulidad de la convocatoria para cubrir la plaza de jefe de Servicio y Administración».

Fallo simbólico

Las consecuencias del fallo serán simbólicas ya que Díaz no ocupa ya el puesto que suscitó la polémica, jefe de personal, ya que en la actualidad ejerce como gerente de Amgevicesa, cargo de designación directa para el que no es necesaria oposición ni procedimiento alguno.

Por su parte, el presidente de la Ciudad no quiso ayer hacer sangre con la sentencia favorable por la contratación del hermano del Consejero de Fomento. Vivas se limitó a decir que respeta el fallo del TSJA y respalda la gestión del viceconsejero de Recursos Humanos, Angel Javier Díez Nieto, que, en su opinión «actuó siempre de forma correcta».

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