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AUDIENCIA. Francisco Corbacho, en los juzgados de la Audiencia Provincial de Málaga. / SUR
Condenan al ex alcalde de Gaucín a siete años de inhabilitación y a una multa de 2.700 euros
GAUCÍN

Condenan al ex alcalde de Gaucín a siete años de inhabilitación y a una multa de 2.700 euros

La sentencia considera probado que Francisco Corbacho cometió un delito continuado de malversación de caudales públicos y otro de prevaricación

AGENCIAS

Jueves, 6 de diciembre 2007, 12:05

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La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado al ex alcalde de Gaucín Francisco Corbacho a 21 meses de suspensión de empleo y cargo público y multa de 2.700 euros; y a la pena de siete años de inhabilitación especial, por un delito continuado de malversación de caudales públicos y por otro de prevaricación, respectivamente, al considerar la Sala que dispuso para beneficio propio de dinero del Ayuntamiento, que luego devolvió; y por desalojar un pleno para no debatir este asunto.

Asimismo, le absuelve del delito continuado de impedimento del ejercicio de los derechos cívicos. El Tribunal de la Sección Primera considera probado que Corbacho, a finales de 2002, «aprovechando la ausencia por vacaciones del secretario y a fin de disponer para sí de fondos municipales», ordenó el libramiento de pagos a justificar en concepto de adquisición de terrenos de gran interés municipal. Las cuantías estaban comprendidas entre los 10.000 y los 22.000 euros.

Se realizó la emisión de los correspondientes cheques contra las cuentas corrientes del Ayuntamiento, que se extendieron al portador y «sin la firma del interventor», según se precisa en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se señala que el acusado llegó a disponer con ese sistema de unos 200.000 euros entre diciembre de 2002 y enero de 2003.

No obstante, realizó reintegros parciales de diversas cantidades. A finales de enero, el secretario interventor tuvo conocimiento de esos movimientos bancarios y «ante la ausencia de explicación alguna, denunció el desfase presupuestario existente ante la Fiscalía». Posteriormente, en febrero de ese mismo año, los concejales de su grupo municipal también denunciaron ante la Guardia Civil «el desconocimiento que tenían de los hechos».

Tras reunirse con los concejales de su grupo y comprometerse a devolver todo el dinero, pidió ayuda a sus familiares y amigos «logrando reunir la suma que aún debía», ya que ingresó ese mismo día 34.100 euros en efectivo y dos cheques -de 36.060 euros y de 72.121 euros- que fueron entregados por dos personas, con la mediación de su padre, según consta en la resolución, notificada ayer.

Pleno extraordinario

Por otro lado, los concejales de la oposición solicitaron la celebración formal de un pleno extraordinario para que el alcalde informara de lo sucedido, sesión que tuvo que ser convocada por la secretaria en funciones «ante la negativa verbal del alcalde». Posteriormente, dictó un decreto denegando la entrega de parte de la documentación y ya el día de la sesión levantó la sesión «sin que se pudiera debatir el orden del día» y acordó desalojar el pleno.

La Audiencia Provincial considera que se trata, en primer lugar, de un delito continuado de malversación y que desvió el dinero pero «no lo fue con ánimo de apropiación definitiva, sino con la intención de aplicarlos de modo transitorio y pasajero a necesidades propias o ajenas y con evidente propósito de su posterior devolución», lo que se deduce de los posteriores reintegros parciales que efectuó.

Respecto al delito de prevaricación, el Tribunal entiende que se materializó en la sesión del pleno extraordinario «que no pudo llevarse a efecto por el levantamiento de la sesión acordada por el acusado, dictado arbitrariamente y con una finalidad contraria a derecho».

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